Definición de suspensión del contrato de trabajo
La suspensión temporal de las obligaciones básicas de trabajador y empresario propias de la relación jurídica, estableciéndose igualmente los supuestos con reserva del puesto de trabajo y aquellos en los que la suspensión implica pérdida del mismo.
Requisitos principales de la suspensión
- Temporalidad de la situación.
- No prestación de trabajo durante ella.
- No remuneración.
- Continuidad y pervivencia del contrato que, por la concurrencia de una causa suspensiva, sufre tan solo una especie de «aletargamiento».
Concepto de la suspensión del contrato temporal
La suspensión del contrato de trabajo es la situación de una relación laboral originada por la voluntad de las partes o por la ley, que tiene la particularidad de la exoneración temporal de las obligaciones básicas de trabajar y remunerar el trabajo, con pervivencia del vínculo jurídico.
Requisitos para que sea considerado como tal
- No prestación de trabajo durante ella.
- No remuneración.
- Continuidad y pervivencia del contrato que, por la concurrencia de una causa suspensiva, sufre tan solo una especie de «aletargamiento.
Características de la suspensión
- El contrato no se extingue, dejando de estar activas algunas de sus características aunque estas sean, casi siempre, las más importantes.
- En cada una de las suspensiones, su específica significación ha de obtenerse de la correspondiente normativa, legal o contractual.
- En principio, la suspensión afecta primordial y, a veces, exclusivamente al deber de realizar la actividad convenida y de remunerar el trabajo, respectivamente para trabajador y empresario, pero quedan subsistentes aquellas otras relaciones y expectativas no paralizadas o destruidas por la suspensión.
Posibles causas de suspensión del contrato de trabajo
Aunque el Estatuto de los Trabajadores no define la suspensión del contrato de trabajo, enumera sus posibles causas.
El contrato de trabajo podrá suspenderse por las siguientes causas:
- Mutuo acuerdo de las partes.
- Incapacidad temporal de los trabajadores.
- Nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
- Riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
- Ejercicio de cargo público representativo.
- Privación de libertad.
- Suspensión de empleo y sueldo, por razones disciplinarias.
- Fuerza mayor temporal.
- Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
- Excedencia forzosa.
- Excedencia voluntaria por cuidado de familiar o por cuidado de hijo.
- Por el ejercicio del derecho de huelga o cierre legal de la empresa.
- Decisión de la trabajadora que se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctima de violencia de género.
- Incapacidad permanente con previsión de revisión por mejoría.